Regulaciones sanitarias especiales para la importación de alimentos por viajeros y personas naturales (+PDF) (+Video)

Regulaciones sanitarias especiales para la importación de alimentos por viajeros y personas naturales (+PDF) (+Video)

El Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA) y la Dirección de Sanidad Vegetal, ambas del Ministerio de Agricultura (Minag), establecieron una serie de requisitos y medidas sanitarias para la entrada a Cuba de alimentos para consumo humano, a partir de la autorización excepcionalmente y con carácter temporal de la importación, vía pasajero con equipaje acompañante, de alimento, productos de aseo y medicamentos sin límite de valor de importación y libre de pago de aranceles hasta el 31 de diciembre de este año.

Se estable que para las importaciones de productos de origen animal destinadas al consumo humano, existen regulaciones sanitarias establecidas por el CENASA. Estas regulaciones se basan en normas internacionales aprobadas en el seno de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), y están dirigidas a evitar la introducción de agentes biológicos que producen enfermedades perjudiciales a los animales domésticos, a la fauna silvestre y al hombre en el caso de las zoonosis.

Las importaciones de alimentos con carácter comercial, están sujetas a requisitos y procedimientos amparados por regulaciones sanitarias, comerciales y legales que son debidamente armonizadas entre las autoridades de los países, empresas importadoras, exportadoras y proveedores; asegurando así la calidad e inocuidad de los alimentos y facilitando el comercio de mercancías seguras. Estas se diferencian de las que se reciben en calidad de donativos y las que se realizan por viajeros o personas naturales.

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